puce_AFA Baremo de los honorarios de los árbitros y gastos administrativos de la A.F.A.

Para cada porción sucesiva de la cuantía del litigio Gastos administrativos        Honorarios  T.A. (2-3)
Mínimo Máximo
inferior  à 50.000 € 1.500 € (1) 6.000 € 40 %
de 50.000 € à 250.000 € 1,8 % 5 % 12,5 %
de 250.001 € à 1.500.000 € 0,75 % 2,5 % 3,5 %
de 1.500.001 € à 12.000.000 € 0,10 % 0,4 % 0,8 %
de 12.000.001 € à 45.000.000 € 0,025 % 0,2 % 0,3 %
Más de 45.000.001 € 0,01 % con un máximo de 50.000 € 0,01 % 0,04 %

 

 

(1) Cuando la cuantía del litigio sea inferior a 50.000 € y haya un árbitro único, los gastos administrativos se reducirán a la mitad.

(2) Cuando haya tres árbitros, salvo indicación contraria, el Comité de arbitraje repartirá el importe de los honorarios a razón del 40% para el presidente y del 30% para cada uno de los árbitros.

(3) Los gastos de funcionamiento del tribunal arbitral serán reembolsados por la A.F.A. a los árbitros tras presentación de justificantes y, de ser necesario, serán cobrados mediante un complemento de provisión.